Examen Anexo 16 + 16A, ascenso a grandes altitudes (2500 msnm)

El Anexo 16 está destinado a trabajadores que ingresan a trabajar al sector minero. El Anexo 16A está enfocado a trabajadores que desempeñan sus labores en faenas con altitudes mayores a 2.500 metros sobre el nivel del mar.

El Anexo 16 se aplica a trabajadores que ingresan a cualquier proyecto, como unidad de producción o unidad minera con el objetivo de realizar labores operativas y/o servicios de actividades conexas, consultorías, visitas técnicas y otras en minería. Dichos exámenes (Anexo 16 y Anexo 16A) acreditan la condición y estado de salud para desempeñar sus actividades, ya que la menor presión atmosférica disminuye la concentración de oxígeno disponible para respirar, lo que puede causar efectos en la salud asociados a la disminución de oxígeno en la sangre (hipoxia).

Proyectos mineros.

Unidad de Producción o Unidad Minera.

Servicios de actividades conexas, consultorías, visitas técnicas y otras en minería.

Funciones evaluadas:

Evaluación integral con énfasis en sistema cardiovascular, pulmonar, función renal, entre otros.

Duración de la evaluación:aproximadamente 120 minutos

Validez de examen:  Anexo 16 y 16A: 1 año desde su expedición, acredita su condición y estado de salud para desempeñar sus actividades habituales en cualquier proyecto o Unidad Minera o Unidad de Producción a nivel nacional.

Según Decreto Supremo N° 024-2016-EM y Ley N° 29783 que corresponde a la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo

Proyectos mineros.

Unidad de Producción o Unidad Minera.

Servicios de actividades conexas, consultorías, visitas técnicas y otras en minería.

Funciones evaluadas:

Evaluación integral con énfasis en sistema cardiovascular, pulmonar, función renal, entre otros.

Duración de la evaluación:aproximadamente 120 minutos

Validez de examen:  Anexo 16 y 16A: 1 año desde su expedición, acredita su condición y estado de salud para desempeñar sus actividades habituales en cualquier proyecto o Unidad Minera o Unidad de Producción a nivel nacional.

Según Decreto Supremo N° 024-2016-EM y Ley N° 29783 que corresponde a la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo